El subsidio por luto se otorga al servidor docente, administrativo y
Pensionistas por fallecimiento del cónyuge, hijos o padres. En caso de fallecimiento del pensionista se otorgará el subsidio en forma excluyente en el siguiente orden: al cónyuge, hijos o padres.
REQUISITOS:
- Solicitud en FUT
- Copia de DNI del solicitante (familiares directos: viudo (a), hijos o padres en forma excluyente).
- Original de los siguientes documentos, según los siguientes casos:
Caso 1.- Partida de matrimonio (en caso de fallecimiento del cónyuge)
Caso 2.- Partida de nacimiento del solicitante (en caso de fallecimiento de los padres)
Caso 3.- Partida de nacimiento del hijo (en caso de fallecimiento del hijo del pensionista)
- ORIGINAL del Acta de Defunción
- Copia de la última boleta de pago del titular, del mes en que ocurrió el deceso
- Copia del DNI del fallecido, solo en caso de ser pensionista titular.
- ORIGINAL de la Sucesión Intestada e Inscripción Definitiva debidamente inscrita en Registros Públicos, (solo en el del fallecimiento del titular y de no existir cónyuge sobreviviente).
En caso de ser varios herederos (hijos), se puede delegar representación solo a uno de ellos, mediante carta poder legalizada